El Gobierno ha publicado la Orden Ministerial para la solicitud de las moratorias a la Seguridad Social y ha detallado los 12 sectores económicos que podrán solicitar la suspensión durante seis meses sin intereses del pago de las cotizaciones sociales de mayo, junio y julio. Esta iniciativa forma parte del paquete de medidas que ha puesto en marcha el Gobierno ante la pandemia de COVID-19.
Beneficiarios:
Empresas y trabajadores por cuenta propia cuya actividad económica no se encuentren suspendidas con ocasión del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y estén incluida en los siguientes códigos CNAE:
119 (Otros cultivos no perennes)
129 (Otros cultivos perennes)
1812 (Otras actividades de impresión y artes gráficas)
2512 (Fabricación de carpintería metálica)
4322 (Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado)
4332 (Instalación de carpintería)
4711 (Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco)
4719 (Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados)
4724 (Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados)
7311 (Agencias de publicidad)
8623 (Actividades odontológicas)
9602 (Peluquería y otros tratamientos de belleza)
Medidas
La moratoria permitirá a los autónomos y empresas cuya actividad se corresponda con estos códigos del CNAE solicitar la suspensión de las cuotas empresariales de sus trabajadores durante un plazo de seis meses sin ningún tipo de interés. Si se les concede la moratoria, los pagos que debían realizar en mayo se ingresarán en noviembre y así sucesivamente con el resto de las mensualidades.
¿Cómo realizar la solicitud?
Las empresas deben solicitar la moratoria entre el 1 y 10 del mes en el que tendrían que afrontar el pago a la Tesorería General de la Seguridad Social a través del sistema RED. En el caso de los trabajadores autónomos que no tengan autorizado RED, podrán utilizar el servicio de la sede electrónica de la Seguridad Social.
¿Y si no estoy dentro de estas 12 actividades?
Para el resto de empresas y autónomos cuya actividad no se encuentre entre las indicadas, el Gobierno recuerda que pueden solicitar un aplazamiento de las cotizaciones sociales con un tipo de interés del 0,5%, siete veces inferior al habitual para los pagos que debían realizar en los meses de abril, mayo y junio.
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