Notificaciones electrónicas. Días de permiso

Chico con un ordenador

Te recordamos que puedes solicitar a la Agencia Tributaria un máximo de 30 días durante el año natural en que la Agencia no podrá poner notificaciones en tu Dirección Electrónica Habilitada (DEH).

¿Cómo lo puedes pedir?
⦁ Es necesario estar dado de alta en la DEH y estar suscrito a los procedimientos disponibles en la Agencia Tributaria para la recepción de notificaciones.
⦁ Se debe comunicar con 7 días de antelación.

¿Qué sucede durante estos días de cortesía?
Durante los días señalados, la Administración no podrá poner notificaciones a tu disposición en la dirección electrónica habilitada. No obstante, NO son días inhábiles a efectos administrativos, de forma que, si hasta el día anterior al período marcada recibe una notificación telemática, la misma se entenderá notificada una vez hayan transcurrido 10 días desde la recepción de la misma, pudiendo coincidir con un día de cortesía.

Si aún no tienes contratado este servicio…
Nos ocupamos
Vigilamos la dirección electrónica habilitada por la AEAT y la Seguridad Social para enviar notificaciones y comunicaciones informativas a los titulares.
Nos responsabilizamos
Asumimos la responsabilidad informando de cada nueva notificación o comunicado en el momento de producirse.
Solucionamos
Generamos valor y seguridad para tu empresa, minimizando los recursos dedicados a controlar las notificaciones de la AEAT y de la Seguridad Social.

¿Qué ventajas obtiene tu empresa contratando el servicio a dk assessors?
⦁ Se anula el riesgo fiscal y laboral. Contratando el servicio, tu empresa no depende de un proceso de vigilancia manual que conlleva errores y costes superiores. Es tu asesor dk assessors quien se responsabiliza de acceder a las notificaciones correspondientes.
⦁ Comunicación inmediata. dk assessors se compromete a informar a tu empresa, de manera garantizada, instantánea y fehaciente, de toda notificación. Te informaremos de los trámites oportunos para así evitar que corran los plazos de cualquier posible reclamación que sea necesario realizar ante la AEAT o la Seguridad Social.

Para ampliar información y obtener asesoramiento, no dudes en ponerte en contacto con dk assessors

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