El Tribunal Constitucional dictó, el pasado 31 de octubre de 2019, sentencia sobre la inconstitucionalidad parcial del artículo 107.4 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales (TRLHHLL), referente al Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal).
Esta sentencia surge de un caso de transmisión de un terreno con una ganancia patrimonial neta de 3.473,90€, en el que la cuota a pagar por el impuesto municipal era de 3.560,02€. Cuota que superaba la riqueza efectivamente generada.
El Tribunal Constitucional considera que habría un exceso de tributación si se produce un incremento patrimonial en la transmisión y la cuota que se debe pagar es mayor al incremento que en realidad ha obtenido el ciudadano, es decir, si la cuota a pagar supera la riqueza efectivamente generada.
Si se sometiera a tributación una renta irreal, y no el incremento presumible de valor de un terreno urbano por el paso del tiempo, sería contrario al principio de capacidad económica, de modo que el impuesto tendría un resultado confiscatorio.
Así pues, se estima la cuestión de inconstitucionalidad del artículo 107.4 en el apartado de pago de plusvalía municipal cuando la cuota del impuesto es superior a la plusvalía que se obtiene cuando se vende el inmueble, por su vulneración a los principios de capacidad económica y no confiscatoriedad.
En cuanto a la revisión de situaciones pasadas, cabe destacar que tan solo es posible en el caso de aquellas que no hayan adquirido firmeza a la fecha de publicación de la sentencia.